LA INTERRUPCIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN POR LA SOLA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA, SIN REQUERIR NOTIFICACIÓN DENTRO DEL PLAZO INTERRUPTIVO. EL CAMBIO DE CRITERIO DE LA CORTE SUPREMA

  • Gonzalo Carrasco Astudillo Universidad Andrés Bello
Palabras clave: Prescripción, interrupción, buena fe, abuso, notificación

Resumen

El documento contiene un comentario de sentencia de
la Corte Suprema a propósito de la interrupción de la prescripción
sin necesidad de que la notificación se realice dentro del plazo
interruptivo. Posterior a la explicación de los hechos, se analizará
de forma crítica la solución propuesta por el Tribunal de Casación,
por los abusos que puede generar y las omisiones que contiene
la sentencia, para finalmente concluir que no es la mejor decisión
jurisprudencial.

Biografía del autor/a

Gonzalo Carrasco Astudillo, Universidad Andrés Bello

Abogado. Licenciado en Ciencias Jurídicas, Universidad Andrés Bello. Asesor Jurídico del Ejército de Chile, Comando de Ingenieros.

Publicado
2018-04-18
Sección
Comentarios de Jurisprudencia