La tutela aquiliana del derecho de crédito y la revocación por acción pauliana
Resumen
Entre nosotros se acepta sin mayor discusión la idea que los
derechos de crédito, esto es, aquellos que sólo pueden reclamarse de
ciertas personas/ que, por un hecho suyo o la sola disposición de la
ley, han contraído las obligaciones correlativas, tienen eficacia nada
más que entre las partes; la eficacia y oponibilidad del derecho de
crédito ante terceros se tiene como algo excepcional, con fundamento
(bastante discutible) en lo que dispone el artículo T545 del Código
Civil.
Publicado
2017-02-11
Número
Sección
Estudios
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